Hoteles

Descripción

Las personas titulares de los vehículos de visitantes registrados en hoteles ubicados en el ámbito de la zona de bajas emisiones de Lleida podrán disponer de una autorización para circular por la ZBE de Lleida.

Requisitos

La persona solicitante de la autorización debe ser la persona física o jurídica representante del vehículo o bien la persona titular o representante del hotel donde se ha registrado la reserva.

Una misma persona solicitante puede dar de alta varios vehículos.

Tramitación

Las personas interesadas deben solicitar la inscripción del vehículo en el listado de vehículos autorizados. Una vez se haya validado que se cumplen los requisitos, se comunicará a la persona solicitante el alta del vehículo en el listado de vehículos autorizados que dispondrá de una autorización temporal para poder circular en la ZBE de Lleida.

La solicitud se realizará preferentemente por internet con identificación digital. Si tienes dudas o dificultades en la tramitación electrónica, podemos ayudarte a través de nuestro servicio de asistencia. Puedes llamar al 973 93 02 47 (de lunes a viernes, de 08:00 a 20:00 h, excepto festivos) o haz clic aquí, rellena el formulario y te llamaremos nosotros.

Y presencialmente, las personas no obligadas (art 14 Ley 39/2015 LPAC) pueden presentar la documentación en la OMAC y la OGAT.

Documentación adicional

  • Comprobante de la reserva hotelera.

En caso de que se permita consultar a otras administraciones, por la persona usuaria en el momento de darse de alta, y que la consulta sea satisfactoria, no será necesario presentar ninguna otra documentación.

Si se deniega la consulta, la persona solicitante deberá presentar copia de la siguiente documentación adicional:

  • Documento de identificación de la persona solicitante (DNI, NIE, pasaporte).
  • En caso de que quien presente la solicitud no sea la persona representante legal o autorizada a efectos de la entidad competente: tarjeta de inspección técnica del vehículo donde se identifique el código de la clasificación por criterios de utilización del vehículo.
  • Permiso de circulación del vehículo.

Plazos

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este período, siempre que no se haya recibido la confirmación de la inscripción, no estará dado de alta ni estará exento de las restricciones de circulación.

La validez de la inscripción en el listado de vehículos autorizados es por el período de reserva en el hotel.